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La fianza del alquiler de habitaciones en Galicia
En Galicia la fianza no se queda en tu cuenta: hay que depositarla en el Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS) en el plazo de un mes. Te contamos cuánto, cómo, qué pasa si no lo haces y cómo recuperarla cuando el inquilino se va.
Por Martín, fundador de HazloLegal · Actualizado en noviembre de 2026 · 6 min de lectura
¿Hay que depositar la fianza de una habitación?
En Galicia, el Decreto 42/2011 obliga a depositar en el IGVS las fianzas de los arrendamientos de fincas urbanas, tanto de vivienda como de uso distinto. La obligación es del arrendador o subarrendador, y existe aunque no hayas llegado a cobrar la fianza al inquilino.
El decreto no habla expresamente de habitaciones, pero tampoco las excluye: las únicas excepciones son los alquileres de temporada de un mes o menos y aquellos en los que el inquilino es una Administración pública. Por eso, si alquilas una habitación por meses o por curso, lo prudente es depositar la fianza, igual que con un piso completo.
¿Y si mi contrato de habitación se rige por el Código Civil? Es lo habitual en el alquiler por habitaciones, pero no cambia nada aquí: el decreto se aplica a los arrendamientos de fincas urbanas sin distinguir qué ley los regula. Si tienes un caso dudoso (por ejemplo, vives en el piso y alquilas una habitación), consúltalo directamente con el IGVS.
Cuánto se deposita
Se deposita la fianza en metálico. El decreto fija estas cantidades según el tipo de contrato:
| Tipo de contrato | Fianza a depositar |
|---|---|
| Vivienda (un año o más) | Una mensualidad de renta |
| Uso distinto de vivienda | Dos mensualidades |
| Temporada (más de un mes y menos de un año) | Dos mensualidades, en proporción a los meses de contrato |
En el alquiler de habitaciones lo más común es pactar una mensualidad de fianza. Si en tu contrato pone otra cantidad, o lo has firmado como alquiler de temporada, comprueba en el IGVS cuánto te corresponde depositar.
Si a partir del quinto año actualizas la renta, la fianza también se actualiza: depositas la diferencia o pides que te devuelvan el exceso.
Cómo depositarla, paso a paso
- Firma el contrato y cobra la fianzaDesde la fecha del contrato empieza a contar el mes. Ten a mano el contrato, tu DNI y los datos del inquilino.
- Haz la autoliquidaciónSe rellena el modelo de depósito en la web del IGVS (igvs.xunta.gal) o en cualquiera de sus oficinas.
- Paga en una entidad colaboradoraEl ingreso se hace en las entidades financieras que indica el IGVS, con el documento de la autoliquidación.
- Guarda el justificante y dale copia al inquilinoEl justificante sale por duplicado: uno es para ti y el otro para tu inquilino. Tienes un mes para dárselo.
Guarda bien tu justificante y el contrato original: los vas a necesitar para pedir la devolución cuando acabe el alquiler.
Qué pasa si no la depositas
- Intereses. El IGVS te reclamará la fianza más el interés legal desde la fecha en que debiste depositarla.
- Sanción. Si una inspección detecta el incumplimiento y no lo regularizas, se abre un procedimiento sancionador conforme a la ley de vivienda de Galicia. El IGVS puede además cobrar por vía de apremio.
- Tu inquilino puede perder su deducción. La deducción autonómica gallega por alquiler de vivienda habitual, pensada para jóvenes, exige que la fianza esté depositada en el IGVS. Es una de las primeras cosas que te va a preguntar un inquilino joven.
Si se te ha pasado el plazo: deposítala cuanto antes. Si regularizas por tu cuenta antes de cualquier requerimiento, pagarás los intereses, pero no habrá sanción (artículo 12.2 del decreto).
Cómo recuperarla al acabar el contrato
Cuando el inquilino se va, eres tú quien pide al IGVS la cancelación del depósito, por internet o en sus oficinas. Hazlo en los diez días siguientes a la entrega de llaves: así llegas a devolver la fianza al inquilino dentro del mes habitual.
Para la cancelación te pedirán:
- El contrato original (te lo devuelven).
- Tu DNI, o autorización por escrito si lo tramita otra persona.
- Algo que acredite que el contrato ha terminado, o una declaración tuya.
- Un certificado de tu cuenta bancaria.
El IGVS te transfiere la fianza en un máximo de veinte días desde que la solicitud está completa. Si la pides tarde o con papeles incompletos, no te pagarán intereses por el retraso.
Y de cara al inquilino: antes de devolverle la fianza, compara el estado de la habitación con el inventario que firmasteis al entrar. Es lo que evita discusiones sobre si un desperfecto ya estaba o no.
Errores típicos de los caseros
- Dejarlo para «cuando tenga un rato». El mes pasa volando, sobre todo en septiembre, cuando entran todos a la vez.
- No darle el justificante al inquilino. Es obligatorio y además le hace falta para su deducción.
- Aceptar la fianza como pago del último mes. La fianza garantiza que la habitación se entrega bien; si se usa para pagar la renta, te quedas sin garantía.
- Pedir la cancelación tarde. Si el IGVS tarda, tú sigues teniendo que devolver la fianza a tiempo.
- No tener inventario firmado. Sin él, cualquier descuento por desperfectos es tu palabra contra la suya.
Contratos de habitación en regla, sin quedar con nadie
Con HazloLegal tu inquilino firma el contrato y el inventario desde el móvil, y tú llevas cobros, fianzas y vencimientos de cada habitación en un panel.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para depositar la fianza en Galicia?
Un mes desde la fecha del contrato, se firme como se firme.
¿Cuesta algo depositar la fianza?
No. El depósito es gratuito. Eso sí, mientras está en el IGVS no te genera intereses.
¿Tengo que depositar la fianza si alquilo una habitación solo por el curso?
Sí, salvo que el contrato dure un mes o menos. Los alquileres de temporada de más de un mes también se depositan.
¿Puede mi inquilino comprobar si he depositado la fianza?
Sí: tú tienes que darle su copia del justificante, y si no la tiene puede preguntar directamente en el IGVS.
¿Y si cambio de inquilino en la misma habitación?
Cada contrato es un depósito: cancelas el del inquilino que se va y depositas la fianza del nuevo en su mes correspondiente.
Esta guía es informativa y no sustituye el asesoramiento de un profesional. Se basa en el Decreto 42/2011, de fianzas de arrendamientos urbanos en Galicia (DOG del 14 de marzo de 2011). Para tu caso concreto, consulta con el IGVS.
¿Te toca hacer la renta? Lee también cómo declarar el alquiler de habitaciones.
Última actualización: noviembre de 2026.